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Novedad Reforma del Trabajo Autónomo – Deducibilidad de Determinados Gastos

¡NOVEDAD!

Reforma del Trabajo Autónomo – Deducibilidad de Determinados Gastos en IRPF

El pasado día 25 de octubre de 2017, se publicó en el BOE la Ley 6/2017, de reformas urgentes del trabajo autónomo. Esta norma introduce dos importantes novedades al clarificar el régimen de deducibilidad de determinados gastos en el IRPF a partir de enero de 2018:

Suministros domésticos:

Para todos aquellos trabajadores autónomos que realicen su actividad  desde casa, constando esta circunstancia ante la Agencia Tributaria a través de la correspondiente declaración censal, será posible deducir un 30% de los suministros de electricidad, gas, agua, telefonía e internet de la parte de la vivienda afecta a la actividad. Esta parte afecta será aquella que se haya declarado como superficie afecta en la declaración censal correspondiente.

Hasta la fecha este tipo de desgravaciones era fuente de conflicto ante la Agencia Tributaria, al entender la Dirección General de Tributos que solo era posible dicha desgravación en caso de disponer de contadores separados, algo que no es lo habitual en este tipo de situaciones.

Gastos por manutención:

Por otro lado, el trabajador autónomo podrá deducirse en concepto de gastos de dietas y manutención 26,67 euros diarios (48,08  euros en el extranjero). Dicha posibilidad no es automática, sino que se encuentra sujeta a determinados requisitos:

  • Que dichos gastos se deban al desarrollo de la actividad económica.
  • Que tengan lugar en establecimientos de restauración y hostelería
  • Que se paguen por medios electrónicos. A la hora de acreditar la realidad de este tipo de gastos, aunque la norma no lo señala expresamente, la Agencia Tributaria exige la existencia de factura a nombre del destinatario del gasto.

 

Título
Reforma del Trabajo Autónomo - Deducibilidad de determinados gastos en el IRPF
Descripción
El pasado día 25 de octubre de 2017, se publicó en el BOE la Ley 6/2017, de reformas urgentes del trabajo autónomo. Esta norma introduce dos importantes novedades al clarificar el régimen de deducibilidad de determinados gastos en el IRPF a partir de enero de 2018.