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Cambios en la notificaciones electrónicas de Hacienda

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Cambios en la notificaciones electrónicas de Hacienda

La Agencia tributaria ha actualizado el procedimiento para acceder a su buzón electrónico. Desde hace varios años, existe una serie de contribuyentes que están obligados a recibir por medios electrónicos todas aquellas comunicaciones y/o notificaciones que efectúe la Agencia Tributaria en el marco de sus actuaciones o procedimientos.

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
  • Contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas.
  • Contribuyentes que tributen en el Régimen de Consolidación Fiscal del Impuesto sobre Sociedades.
  • Contribuyentes que tributen en el Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA.
  • Contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).

Fuente: Agencia Tributaria

Para acceder a estas notificaciones existían dos vías, bien mediante la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) o bien, mediante la sede electrónica de la AEAT. Pero desde el pasado 6 de septiembre este procedimiento ha cambiado, la forma de acceder a las notificaciones y comunicaciones de la Agencia Tributaria ahora está disponible en la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú), lugar desde donde se podrá consultar de forma unificada todas las notificaciones y/o comunicaciones emitidas por los diferentes Organismos Emisores de las Administraciones Públicas.

Las vías anteriores para la comprobación de las notificaciones y el nuevo procedimiento convivirán hasta finales de 2021, periodo tras el cual estarán disponibles únicamente en DEHú.

Os recomendamos que accedáis mediante el nuevo procedimiento para que os vayáis familiarizando. Recordad que debéis acceder periódicamente y mediante tu certificado electrónico comprobar el estado de las notificaciones. 🔍

Es importante hacer esta comprobación semanalmente, pues transcurridos 10 días naturales desde su recepción, las notificaciones se consideran efectuadas. 📅


Puedes acceder directamente al "servicio de notificaciones electrónicas de la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú)" en el siguiente enlace: 👇

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